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Video resumen de los acuerdos de paz

Acuerdo de Paz – Colombia 2016 Resumen del acuerdo entre las FARC y el Gobierno Colombiano.

17/09/2016

 

Diego Naranjo

Resumen elaborado por: Diego Naranjo Mesa 2016

 

Los compromisos más relevantes son:

  1. Subsidios y Créditos

  2. Nuevas entidades y Jurisdicciones

  3. Fondos

  4. Nuevos Planes Nacionales

  5. Concesiones a FARC

  6. Concesiones a Gobierno

Nuevas entidades y Jurisdicciones

  1. Programa de desarrollo agrario integral con enfoque territorial PDET

  2. Nueva jurisdicción agraria

  3. Instancia de alto nivel para formulación de lineamientos generales de uso de la tierra

  4. Sistema general de inflo catastral

  5. Zonas de reserva campesina ZRC

  6. Sistema especial para la garantía progresiva del derecho a la alimentación de la población rural Consejos departamentales y municipales de alimentación y nutrición

  7. Consejo nacional de alimentación y nutrición

  8. Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política.

  9. Tribunal nacional de garantías electorales y tribunales especiales seccionales, en las circunscripciones de mayor riesgo de fraude electoral

  10. Consejo Nacional de la Reincorporación (CNR), integrado por dos (2) miembros del Gobierno y dos (2) de las FARC-EP

  11. 3.4.3. Comisión Nacional de Garantías de Seguridad para el desmantelamiento de las organizaciones criminales (participan 2 representantes FARC)

  12. Unidad especial de investigación para el desmantelamiento de las organizaciones criminales y sus redes de apoyo,

  13. Cuerpo Elite en la Policía Nacional con enfoque multidimensional.

  14. Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito

  15. Programa Nacional de Intervención Integral frente al Consumo de Drogas Ilícitas

  16. 4.2.1.2 Sistema Nacional de Atención a las Personas Consumidoras de Drogas Ilícitas:

  17. 5.1. Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición

  18. Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición

  19. Unidad especial para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado

  20. Jurisdicción Especial para la Paz

  21. Comisión Histórica del Conflicto y sus Victimas

  22. Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR)

Fondos

Fondo de tierras 3mm Has

Formalización 7mm Has

Nuevos Planes Nacionales

  1. Plan de zonificación ambiental

  2. Plan nacional de vías terciarias

  3. Plan nacional de riego y drenaje

  4. Plan nacional de electrificación rural

  5. Plan nacional de conectividad

  6. Plan nacional de salud rural

  7. Plan especial de educación rural (Becas para tecnologías)

  8. Plan nacional de construcción y mejoramiento de la vivienda social rural

  9. Plan nacional de fomento a la economía solidaria y cooperativa rural

  10. Plan nacional de asistencia integral técnica, tecnológica y de impulso a la investigación

  11. Plan para apoyar y consolidar la generación de ingresos de la economía campesina, familiar y comunitaria, y de los medianos productores y productoras con menores ingresos

  12. Plan nacional para la promoción de la comercialización de la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria

  13. Plan progresivo de protección social y de garantía de derechos de los trabajadores y trabajadoras rurales

  14. Plan Marco para la Implementación de los Acuerdos

Concesiones a FARC

  1. 2.2 Comisión para definir los lineamientos del estatuto de garantías para los partidos y movimientos políticos que se declaren en oposición. Adicionalmente, se convocaran a la Comisión las siguientes agrupaciones políticas representativas de oposición: Marcha Patriótica y Congreso de los Pueblos, así́ como a dos expertos delegados por las FARC

  2. 2.2.3. Abrir nuevas convocatorias para la adjudicación de radio comunitaria, con énfasis en las zonas más afectadas por el conflicto, y así́ promover la democratización de la información y del uso del espectro electromagnético disponible

  3. 2.3.1.1 Desligar la obtención y conservación de la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos del requisito de la superación de un umbral en las elecciones de Congreso y, en consecuencia, redefinir los requisitos para su constitución. Uno de estos será́ el del número de afiliados y afiliadas.

  4. 2.3.1.1 Diseñar un sistema de adquisición progresiva de derechos para partidos y movimientos políticos, según su desempeño electoral en los ámbitos municipal, departamental y nacional.

  5. 2.3.1.1 El sistema incorporará un régimen de transición por 8 años, incluyendo financiación y divulgación de programas, para promover y estimular los nuevos partidos y movimientos políticos de alcance nacional que irrumpan por primera vez en el escenario político.

  6. 2.3.6 El Gobierno Nacional se compromete a crear en estas zonas (afectadas por el conflicto) un total de 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la elección de un total de 16 Representantes a la Cámara de Representantes, de manera temporal y por 2 periodos electorales. Los partidos que cuentan con representación en el Congreso de la República no podrán inscribir candidatos ni candidatas para estas Circunscripciones. Los partidos que cuentan con representación en el Congreso de la República no podrán inscribir candidatos ni candidatas para estas Circunscripciones.

  7. 3.1.7 Identificación: (de las armas) corresponde al procedimiento técnico que permite caracterizar las armas de las FARC-EP por parte del CI-MM&V. Este procedimiento se hace únicamente con las armas individuales que porten los integrantes de las FARC-EP dentro de los campamentos.

  8. 3.2.1.1 Como una medida para facilitar el tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, el partido o movimiento político que constituyan recibirá́ anualmente, entre la fecha del registro y el 19 de julio de 2026, una suma equivalente al 10% anual de la apropiación presupuestal para el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos.

  9. 3,2.1.1 Por otra parte, con el fin de contribuir al financiamiento de la difusión y divulgación de su plataforma ideológica y programática, se le asignará un 5% anual de la apropiación presupuestal para el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos entre la fecha del registro y el 19 de julio de 2022

  10. 3.2.1.1 Estas listas competirán en igualdad de condiciones de conformidad con las reglas ordinarias por la totalidad de las curules que se eligen en cada circunscripción. En el Senado se garantizará un mínimo de 5 curules, incluidas las obtenidas de conformidad con las reglas ordinarias. En la Cámara de Representantes se garantizará un mínimo de 5 curules, incluidas las obtenidas de conformidad con las reglas ordinarias (Culpables de Crímenes?)

  11. 3.2.1.12F ARC-EP a la vida política legal, designará 3 voceros/as en cada una de las cámaras (Senado y Cámara de Representantes), quienes deberán ser ciudadanos/as en ejercicio, exclusivamente para que participen en el debate de los proyectos de reforma constitucional o legal que sean tramitados mediante el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz de que trata el Acto Legislativo 01 de 2016

  12. 3.2.1.2 El partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal podrá́ designar de manera transitoria un delegado(a) ante el Consejo Nacional Electoral, quien tendrá́ voz pero no voto, y podrá́ participar en las deliberaciones de esa corporación

  13. 3.2.2.2 Centro de pensamiento y formación política, como institución sin ánimo de lucro, que tendrá́ como propósitos adelantar estudios e investigaciones sociales, así́ como diseñar y adelantar programas de formación política. Para este propósito podrá́ celebrar convenios con entidades públicas y privadas y la cooperación internacional. Para el funcionamiento del Centro, el Gobierno Nacional destinará, con cargo al presupuesto general de la nación, un monto anual igual al asignado para la difusión y divulgación de la plataforma ideológica y programática arriba mencionada,

Renta básica

  1. 4.3.2. Estrategia contra los activos involucrados en el narcotráfico y el lavado de activos (ni una mención a los dineros delas Farc)

    1. Anexo Ley de Amnistía 39.- La conexidad con el delito político comprenderá́ dos criterios, uno de tipo incluyente y otro de tipo restrictivo. El primer criterio consistirá́ en incluir como conexos: 1o.- aquellos delitos relacionados específicamente con el desarrollo de la rebelión cometidos con ocasión del conflicto armado, como es por ejemplo la aprehensión de combatientes efectuada en operaciones militares; 2o.- los delitos en los cuales el sujeto pasivo de la conducta es el Estado y su régimen constitucional vigente; y 3o.- las conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión, para lo cual deberán definirse cada uno de los contenidos de las anteriores conductas.

    2. 30.- Los delitos no amnistiarles ni indultarles deben ser objeto del componente de justicia del Sistema integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) acordado por las partes

    3. Anexo Artículo Transitorio: En desarrollo del derecho a la paz, el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera constituye un Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949. Con el fin de ofrecer garantías de cumplimiento del Acuerdo Final, una vez este haya sido firmado y entrado en vigor, el anterior ingresará en estricto sentido al bloque de constitucionalidad

    4. El procedimiento legislativo especial para la aprobación del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, incluirá́ un “procedimiento de ley aprobatoria del Acuerdo Especial” con las siguientes criterios procedimentales especiales: envió al Congreso para su incorporación al derecho interno por medio de una ley; tramitación como ley ordinaria: radicación del proyecto ante la secretaria del Senado y publicación, debate en comisiones constitucionales conjuntas del Senado y Cámara, votación, debate en plenario del senado; y debate en plenario de la Cámara. El transito del proyecto entre una y otra cámara será́ de 8 días, las votaciones serán únicamente de aprobación o improbación de todo el texto, por mayoría calificada; control de constitucionalidad de la ley aprobatoria del Acuerdo Especial; sanción presidencial y publicación en diario oficial; el Gobierno se obligará a presentar esta ley aprobatoria inmediatamente sea firmado y aprobado el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, y entrado en vigor el presente Acto Legislativo

    5. 3.2.2.6 Programas y proyectos con ECOMÚN

    6. Se constituirá por una sola vez un Fondo para la ejecución de programas y proyectos del proceso de reincorporación económica y social a través de ECOMÚM, cuya viabilidad será verificada por el CNR. Los recursos correspondientes a las personas que decidan participar en proyectos colectivos que hayan sido identificados y viabilizados, serán transferidos por el Gobierno Nacional a ECOMÚN, a más tardar treinta(30) días después de la viabilizarían de cada proyecto. El valor del fondo dependerá del número total de asignaciones para los hoy integrantes de la FARC-EP que hayan optado por esta opción. Para su administración, ECOMÚN constituirá un encargo fiduciario.

    7. 3.2.2.7 Renta Básica

3.4.3 La Comisión Nacional de Garantías de Seguridad será presidida por el Presidente de la República, estará conformada por el Ministro del Interior, Ministro de Defensa, Ministro de Justicia, Fiscal General de la Nación, Defensor del Pueblo, Director de la Unidad Especial de Investigación -punto 74 de la Jurisdicción Especial para la Paz-, Comandante General de las Fuerzas Militares, el Director General de la Policía Nacional, dos (2) representantes del nuevo movimiento que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, dos (2) voceros en representación de las plataformas de derechos humanos y paz,

5.1. Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición

  1. ANEXO LEY DE AMNISTIA También serán amnistiarles los delitos conexos con el delito político que describan conductas relacionadas específicamente con el desarrollo de la rebelión y cometidos con ocasión del conflicto armado, así́ como las conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión.

Concesiones a Gobierno

  1. Cese al fuego

  2. 3.1. Tras la llegada a las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y a los Puntos Transitorios de Normalización (PTN) las FARC-EP a través de un delegado expresamente designado para ello, hará́ entrega al Gobierno Nacional del listado de todos los y las integrantes de las FARC-EP. Esta lista será́ recibida y aceptada por el Gobierno Nacional de buena fe, de conformidad con el principio de confianza legitima, sin perjuicio de las verificaciones correspondientes

  3. 3.1.7.1 Finalizado el proceso de dejación de las armas, los plenipotenciarios de las FARC-EP en la Mesa de Conversaciones manifestaran y registraran formalmente ante el Consejo Nacional Electoral la decisión de su transformación en partido o movimiento político, el acta de constitución, sus estatutos, el código de ética, la plataforma ideológica y la designación de sus directivos.

  4. 4. El compromiso de las FARC-EP de contribuir de manera efectiva, con la mayor determinación y de diferentes formas y mediante acciones practicas con la solución definitiva al problema de las drogas ilícitas, y en un escenario de fin del conflicto, de poner fin a cualquier relación, que en función de la rebelión, se hubiese presentado con este fenómeno.( Dineros?)

  5. 5.1.2-38 En el caso de las FARC-EP la participación en el SIVJRNR estará́ sujeta a la dejación de armas conforme a lo que se acuerde en el punto 3.2 del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera del 26 de agosto de 2012.

  6. En el marco de la discusión sobre las medidas de reincorporación se determinarán las medidas de contribución a la reparación material de las victimas, incluida la contribución de las FARC-EP.

5.1.3.2 Las FARC-EP se comprometen en el proceso de reincorporación a la vida civil, y como parte de dicho proceso, a realizar acciones de contribución a la reparación por los daños causados que podrán incluir entre otras, la participación en obras de reconstrucción de infraestructura en los territorios más afectados por el conflicto, la participación en los programas de limpieza y descontaminación de los territorios de minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI) y municiones sin explotar (MUSE) o restos explosivos de guerra (REG), la participación en los programas de sustitución de cultivos de uso ilícito, la contribución a la búsqueda, ubicación, identificación y recuperación de restos de personas muertas o dadas por desaparecidas en el contexto y con ocasión del conflicto, y la participación en programas de reparación del daño ambiental, como por ejemplo la reforestación.

  1. 6.3.2 Componente internacional de verificación

  2. Acompañamiento internacional p189 (mucho desconocido)

  3. 3.1.7 Identificación: corresponde al procedimiento técnico que permite caracterizar las armas de las FARC-EP por parte del CI-MM&V. Este procedimiento se hace únicamente con las armas individuales que porten los integrantes de las FARC-EP dentro de los campamentos.

  4. 3.1.7 El armamento de acompañamiento, granadas y municiones que ingresen a los campamentos, incluyendo las armas de las milicias, permanece en armerillos temporales bajo responsabilidad de las FARC-EP, hasta el día D+60 cuando serán almacenados en los contenedores dispuestos para este fin. Este procedimiento es monitoreado y verificado por el CI-MM&V.

Informacion

Walter Orlando Henao Carmona

Profesor Área de Sociales 

I.E. Jose Féliz de Restrepo Veléz